Revista Costa Blanca

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Derechos de los pasajeros aéreos de la UE: un retraso de tres horas sigue siendo determinante

Derechos de los pasajeros aéreos: se mantiene la regla de las tres horas

La reducción prevista de los derechos de los pasajeros queda descartada, por el momento. Para los viajeros de la Costa Blanca, sigue vigente una norma importante: quienes lleguen a su destino con un retraso de al menos tres horas podrán seguir teniendo derecho a una indemnización.

Alicante-Elche, Miguel Hernández, Valencia, Murcia-Corvera: para muchos residentes de la Costa Blanca, los vuelos forman parte de su día a día. Visitas familiares, citas, viajes de trabajo, conexiones… Cuando hay retrasos, a menudo cada hora cuenta. Precisamente por eso, el acuerdo alcanzado recientemente en Bruselas es relevante para muchos pasajeros.

Tras semanas de negociaciones sobre la reforma de los derechos de los pasajeros aéreos de la UE, se prevé que se mantengan en lo esencial las normas de indemnización vigentes. Según datos de Reuters y ZDF, los Estados miembros de la UE han retirado su petición de que las indemnizaciones solo se apliquen a partir de cuatro horas de retraso. Así pues, según la situación actual, se mantiene la regla de las tres horas.

Los viajeros deben seguir teniendo derecho a ello

Quienes lleguen a su destino con un retraso de al menos tres horas podrán seguir teniendo derecho a una indemnización a tanto alzado. El importe depende de la distancia del vuelo:

250 euros en vuelos de hasta 1 500 kilómetros

Esto afecta a muchos vuelos de corta distancia dentro de Europa. Lo decisivo no es solo el retraso en la salida, sino la hora real de llegada al destino.

400 euros en vuelos de hasta 3 500 kilómetros

Para los trayectos europeos más largos y muchas conexiones entre España y otros países de la UE, se mantiene la indemnización de 400 euros.

600 euros en vuelos de más de 3 500 kilómetros

En los vuelos de larga distancia, los pasajeros podrán seguir recibiendo hasta 600 euros si se cumplen los requisitos.

No todos los retrasos suponen automáticamente una multa

Solo se tiene derecho a una indemnización si la aerolínea es responsable del retraso. 

Entre ellos pueden figurar problemas técnicos, errores de organización o una planificación tardía de las intervenciones.

La situación es diferente en caso de circunstancias excepcionales, como condiciones meteorológicas extremas, riesgos para la seguridad o determinadas huelgas que escapan al control de la compañía aérea. En tales casos, el derecho a indemnización puede quedar sin efecto.

Por lo tanto, es importante que los pasajeros guarden el número de vuelo, la confirmación de la reserva, la tarjeta de embarque, los comunicados de la aerolínea y la hora real de llegada. Quien desee presentar una reclamación debe dirigirse en primer lugar directamente a la aerolínea.

El equipaje de mano y los asientos también figuran en la lista de reformas

La reforma no solo afecta a las indemnizaciones. En el futuro, las aerolíneas deberán presentar los precios de forma más transparente, especialmente en lo que respecta al equipaje de mano y a los costes adicionales durante la reserva. El objetivo es que los viajeros puedan comparar mejor las tarifas aéreas y que las tasas no aparezcan hasta una fase avanzada del proceso de reserva.

También se debe proteger mejor a las familias. No se debe separar a los niños y a sus acompañantes sin una razón justificada cuando viajen juntos. Asimismo, deben aplicarse normas de protección claras para las personas con movilidad reducida.

Aún no se ha tomado la decisión definitiva

El acuerdo es un paso importante, pero aún no es una ley definitivamente aprobada. Los negociadores del Parlamento Europeo tienen previsto examinar el texto el lunes 15 de junio de 2026 en Estrasburgo. A continuación, el Parlamento y los Estados miembros de la UE deberán ratificar formalmente la reforma.

Hasta entonces, seguirán vigentes los derechos de los pasajeros aéreos de la UE vigentes hasta la fecha. Para los viajeros que salgan de Alicante, Valencia o Murcia, esto significa que un retraso de tres horas en el destino seguirá siendo el umbral clave para poder optar a una indemnización.