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A nadie le gusta pensar en lo peor, pero eso es precisamente de lo que se trata el testamento vital: usted decide por adelantado qué medidas médicas desea —y cuáles no— en caso de que ya no pueda tomar decisiones por sí mismo. En la Comunidad Valenciana existen procedimientos claros para redactar y registrar de forma legal unas instrucciones previas, también llamadas „voluntades anticipadas“. Aquí le explicamos cómo hacerlo y por qué es especialmente importante para los residentes y visitantes de larga duración de la Costa Blanca.
¿Por qué un testamento vital?
La Ley 41/2002 española otorga a todos los ciudadanos el derecho a determinar por adelantado su voluntad en relación con los tratamientos médicos. Esto incluye decisiones sobre medidas para prolongar la vida, trasplantes de órganos o terapias alternativas. Con un testamento vital, usted mantiene el control sobre su atención médica.
Al mismo tiempo, la disposición alivia a sus familiares, ya que disponen de instrucciones claras en casos de emergencia difíciles. De este modo, los médicos y la familia saben cómo desea ser tratado y no tienen que tomar decisiones difíciles.
¿Quién puede redactar un testamento vital?
Cualquier persona mayor de 18 años con capacidad jurídica puede redactar un testamento vital. Puede nombrar a una persona de confianza (representante) que defienda sus deseos. Esta persona debe aceptar expresamente asumir este papel y no puede actuar al mismo tiempo como testigo.
¿Cuándo se aplica un testamento vital?
El documento solo entrará en vigor si usted ya no puede tomar decisiones por sí mismo debido a una emergencia o una enfermedad. Es importante que las instrucciones sean conformes con la legislación vigente y la práctica médica. Las disposiciones que contradigan estas normas no serán válidas.
Cómo crear Su testamento vital en la Comunidad Valenciana
Documentación necesaria:
▶ Documento de identidad, NIE o pasaporte válidos.
▶ Tarjeta SIP (tarjeta sanitaria española).
▶ El formulario para el testamento vital, que puede descargar en el siguiente enlace: www.san.gva.es/documents/3003935/3080978/voluntades_anticipadas_es.pdf
Si designa a una persona de confianza, esta también deberá estar presente y presentar su documento de identidad.
¿Puede el testamento vital
¿Se modificará?
Sí, puede modificar, revocar o actualizar su testamento vital en cualquier momento. Para ello, debe crear un nuevo documento que sustituya al antiguo. Estos cambios también deben inscribirse en el registro. El formulario para realizar cambios también se encuentra en: www.san.gva.es/documents/3003935/3080978/voluntades_anticipadas_es.pdf/ce3f3fb9-9338-331f-66ed-6b0c40243075
¿Por qué es necesario registrarse?
¿Importante?
El registro garantiza que, en caso de emergencia, los médicos que le atiendan puedan consultar su testamento vital. Sin el registro, existe el riesgo de que su documento pase desapercibido.
El registro puede realizarse en línea con un certificado digital o personalmente en los centros de salud competentes. Aquí encontrará una lista de los puntos de servicio:
www.san.gva.es/es/web/portal-del-paciente/saip
Para más información
Encontrará información detallada y ayuda para redactar su testamento vital en:
www.san.gva.es/es/web/portal-del-paciente/voluntades-anticipadas
Un testamento vital garantiza que se respeten sus deseos, independientemente de lo que depare la vida. Le proporciona la tranquilidad de saber que lo tiene todo arreglado y alivia a su familia en momentos difíciles.
La Comunidad Valenciana ofrece un procedimiento claro y sencillo para redactar y registrar su testamento vital. No espere más: regule hoy mismo sus asuntos médicos.