Costa Blanca Magazin

Okupas en la Costa Blanca - Nuevas leyes, viejos problemas

Wenn Fremde einziehen: Das Problem mit den Okupas an der Costa Blanca

La okupación sigue siendo el problema costero de España. A pesar de las nuevas leyes antiokupa, los propietarios siguen luchando con largos procedimientos y trabas legales.

Sigue siendo un problema constante en las costas españolas: la ocupación de casas por los llamados okupas. Es una pesadilla para los propietarios, sobre todo cuando regresan semanas después y de repente se encuentran con extraños en su propia casa. Los afectados no sólo deben actuar con rapidez, sino también estratégicamente. Y es que la legislación española hace una distinción precisa - y no se lo pone fácil a los afectados.

Dos rutas legales - dos velocidades
La ley reconoce dos supuestos:
- Allanamiento de morada - es decir, entrada ilegal en una propiedad habitada. En este caso se aplica el derecho penal. La policía puede intervenir inmediatamente en las primeras 48 horas.

- Usurpación - la ocupación de una vivienda vacía o utilizada sólo temporalmente. En este caso se aplica el derecho civil. Los procedimientos suelen durar meses antes de que un agente judicial pueda ordenar el desalojo.

Los propietarios de inmuebles vacacionales o de inversión, en particular, se enfrentan a procesos largos y de resultado incierto.

Primeros pasos tras una ocupación
Las primeras 48 horas son cruciales. Los propietarios deben llamar inmediatamente a la policía, presentar una denuncia y conseguir pruebas: fotos, vídeos, declaraciones de testigos. Después, la vía casi siempre pasa por un abogado y un procedimiento legal de desahucio (desahucio), que, si prospera, da lugar al llamado lanzamiento: Alguaciles, policías y cerrajeros ejecutan el desahucio.

Nueva „Ley antiokupas“ - esperanza con restricciones
La Ley Orgánica 1/2025 está en vigor desde abril de 2025 y pretende agilizar los procedimientos. El objetivo: una resolución en 15 días, incluso en caso de usurpación. Sin embargo, los juristas advierten de que los juzgados y los recursos, sobrecargados, podrían rebasar fácilmente los plazos. Es probable que la realidad lleve mucho más tiempo.

Por qué sigue siendo tan complicado
La Constitución española también protege a los residentes desalojados ilegalmente frente al desahucio arbitrario. Las acciones no autorizadas -como cambiar cerraduras o cortar el agua y la electricidad- no están permitidas y pueden incluso estar penadas por la ley.

Además, muchos okupas acceden a prestaciones sociales empadronándose en el ayuntamiento, otro factor que retrasa los trámites.

La prevención como mejor arma
Sistemas de alarma, videovigilancia, redes vecinales o controles periódicos: La prevención más eficaz es proteger su propiedad. Porque una vez que se ocupa un piso, comienza una maratón legal.

  Pasos importantes en la dotación de personal

▶ 0-48 horas
- Informe inmediatamente a la Policía Nacional / Guardia Civil.
- En caso de allanamiento de morada, los funcionarios pueden evacuar directamente.
- En caso de usurpación, también suele ser necesaria una orden judicial dentro de este plazo.

▶ Después de 48 horas
- Sólo posible mediante acción de desahucio (desahucio).
- Solicitud a través de un abogado, el juez decide.

▶ Documentos para el anuncio:
- Prueba de propiedad (Escritura o extracto del registro de la propiedad).
- DNI o pasaporte del propietario.
- Fotos, vídeos, declaraciones de testigos, posiblemente contratos de electricidad/agua.

▶ Plazos judiciales:
- La nueva ley prevé una decisión rápida en un plazo de 15 días.
- En la práctica, a menudo más tiempo, dependiendo de la carga de trabajo de los tribunales.

Nota importante: La retirada o el estacionamiento no autorizados de suministros están prohibidos y pueden ser sancionados por la ley.